Los Montes de Utilidad Pública son montes que ofrecen un servicio a la sociedad, son de titularidad pública (Administraciones y entidades locales) y están incluidos en un Catálogo denominado Catálogo de Montes de Utilidad Pública, existiendo un catálogo para cada provincia (aquí puedes consultar los de Castilla-La Mancha: Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Castilla-La Mancha).
Su creación data de la segunda mitad del sigo XIX , ¿te suena la desamortización de Mendizábal? como fruto de esta actividad desamortizadora, se consiguió que muchos de los montes de utilidad pública que cumplían con unos requisitos establecidos fueran declarados por el Gobierno exceptuados de venta al considerar que contribuían a los intereses generales del país. Aquellos montes que no fueron enajenados fueron el origen de lo que hoy es el Catálogo de Montes de Utilidad Pública.
¿Qué montes pueden ser declarados de utilidad pública? Aquellos que se encuentren en alguno de estos casos:
- Los que sean esenciales para la protección del suelo frente a los procesos de erosión.
- Los situados en las cabeceras de las cuencas hidrográficas y aquellos otros que contribuyan decisivamente a la regulación del régimen hidrológico, incluidos los que se encuentren en los perímetros de protección de las captaciones superficiales y subterráneas de agua, evitando o reduciendo aludes, riadas e inundaciones y defendiendo poblaciones, cultivos e infraestructuras, o mejorando el abastecimiento de agua en cantidad o calidad.
- Los que eviten o reduzcan los desprendimientos de tierras o rocas y el aterramiento de embalses y aquellos que protejan cultivos e infraestructuras contra el viento.
- Los que sin reunir plenamente en su estado actual las características descritas anteriores sean destinados a la repoblación o mejora forestal con los fines de protección en ellos indicados.
- Los que contribuyan a la conservación de la diversidad biológica a través del mantenimiento de los sistemas ecológicos, la protección de la flora y la fauna o la preservación de la diversidad genética y, en particular, los que constituyan o formen parte de espacios naturales protegidos, zonas de especial protección para las aves, zonas de especial conservación, lugares de interés geológico u otras figuras legales de protección, así como los que constituyan elementos relevantes del paisaje.
- Aquellos otros que establezca la comunidad autónoma en su legislación.
¿Quieres saber más? mira este vídeo de la serie Gestión Forestal en Castilla-La Mancha que elaboramos para la Consejería de Desarrollo Sostenible











